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    Resolucion 90708 de 2013 

    Reglamento técnico de instalación eléctrica.

    REGLAMENTO TÉCNICO DE INSTALACIONES ELÉCTRICAS (RETIE)

    Def. Instalación Eléctrica

    Conjunto de aparatos eléctricos, conductores y circuitos asociados, previstos para un fin particular: Generación, transmisión, transformación, conversión, distribución o uso final de la energía eléctrica. La cual para los efectos del presente reglamento, debe considerarse como un producto terminado.

    Def. Seguridad

    Condición del producto conforme con la cual en situaciones normales de utilización, teniendo en cuenta la duración, la información suministrada en los términos de la presente ley y si procede, la puesta en servicio, instalación y mantenimiento, no presenta riesgos irrazonables para la salud o integridad de los consumidores. En caso de que el producto no cumpla con requisitos de seguridad establecidos en reglamentos técnicos o medidas sanitarias, se presumirá inseguro // Condición o estado de riesgo aceptable // Actitud mental de las personas.

    Def. Productor

    Quien de manera habitual, directa o indirectamente, diseñe, produzca, fabrique, ensamble o importe productos. También se reputa productor, quien diseñe, produzca, fabrique, ensamble, o importe productos sujetos a reglamento técnico o medida sanitaria o fitosanitaria.

     

    BENEFICIOS

    prevención, minimización o eliminación de los riesgos de origen eléctrico.

    SOBRECORRIENTE
    / SOBRETENSIONES

    Condiciones para evitar daños debidos a subcorrientes y subtensiones.

    CONTACTO
    DIRECTO

    Condiciones para evitar accidentes por contacto directo o indirecto en partes energizadas o arcos eléctricos.

    INCENDIOS / EXPLOSIONES

    Condiciones para prevenir incendios y explosiones causados por la electricidad.

    ¿POR QUÉ ES IMPORTANTE CERTIFICAR SUS PRODUCTOS?

    Al obtener la certificación en RETIE , no solo está cumpliendo con la normatividad colombiana, al mismo tiempo está protegiendo a la industria, a su empresa, al medio ambiente y a millones de personas a diario usan estos productos.

    La conformidad de sus productos con los estándares requeridos, ayudan entre otras cosas a: combatir el contrabando, blindar a su empresa contra posibles multas o incluso procesos legales que pueden terminar en el cese de actividades de la misma, y lo más importante: asegurarnos de cuidar la salud y seguridad de las personas que hacen uso de sus productos a diario.

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    EXCEPCIONES

    ¿No está seguro si su producto necesita certificación en RETIE? Déle un vistazo a este listado de excepciones establecidas por la ley.

    VER EXCEPCIONES

    Se exceptúan del alcance del presente reglamento, los productos que aun estando clasificados en la Tabla 2.1 estén destinados exclusivamente a::

    a. Instalaciones contempladas en el numeral 2.4.1

    b. Materias primas o componentes para la fabricación, ensamble o reparación de máquinas, aparatos, equipos u otros productos, a menos que se trate de equipos especiales que requieran que sus componentes cuenten con certificación de producto.

    c. Productos utilizados como muestras para certificación o investigaciones

    d. Muestras no comercializables, usadas en ferias o eventos demostrativos.

    e. Productos para ensamble o maquila.

    f. Productos para uso exclusivo como repuestos de equipos y máquinas, siempre que se precise el destino específico del producto. 

    PROCESO DE CERTIFICACIÓN

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